21/01/2025 La Nación - Nota - Economía - Pag. 19

El Gobierno desreguló la exportación y la importación de productos alimenticios
Por decreto, se dispuso eliminar trámites que se exigían para esas operaciones; también se modificó el régimen de navegación, dando mayor libertad

El Gobierno aprobó una medida tendiente a desregular la exportación e importación de alimentos. Y, además, dispuso modificaciones en el Régimen de la Navegación, simplificando trámites y eliminando requisitos para la actividad.
En el caso del comercio de bienes alimenticios, se explicó que el objetivo del decreto 35, publicado ayer en el Boletín Oficial, es evitar la superposición de trámites y la duplicación de controles.
En un posteo en la red social X, Federico Stuzeneggerl ministro de Desregulación y Transformación del Estado, calificó lo establecido como una "revolucionaria desregulación". Y sintetizó: "Buscamos alimentos más baratos para los argentinos y más alimentos argentinos para el mundo".
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Salud, Mario Lugones, establece respecto de las importaciones que los productos alimenticios y los envases que cuenten con certificación emitida por ciertos países quedan eximidos de la obligación de ser incorporados al Código Alimentario Argentino (CAA).
El artículo 2 de la norma aclara que "todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fracciones, conserven, transporten, expendan o expongan deben satisfacer las exigencias del CAA". Tal obligación aplica para bienes nacionales e importados.
Según específico el ministro, "se eliminan las obligaciones de registrar y autorizar: muestras, productos, establecimientos, depósitos, utensilios y envases (32 hojas de trámites)".
En el anexo III del decreto se enumeran los países que quedarán, al concretar ventas a la Argentina, eximidos de las exigencias tradicionales. Se trata de Australia, Canadá, Confederación Suiza, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Estado De Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. También se incluyó a los estados integrantes de la Unión Europa.
Según los funcionarios, la medida se propone evitar la duplicación de los control, si fueron hechos en los países de origen. Además, se estima que lo establecido se traducirá en una disminución de los costos y en la agilización de los tiempos para concretar importaciones.
"En los casos de importaciones desde países con los que rijan tratados de integración económica o acuerdos de reciprocidad, la Autoridad Sanitaria Nacional podrá también considerar satisfechas las exigencias de este Código, previa evaluación del sistema de control alimentario en cada país de origen", explica el texto oficial.
En el caso de las exportaciones y según Sturzenegger, se levantan "todas las mochilas que les imponía el Estado argentino a los productores de alimentos". "De ahora en más, no podrá pedirles nada, y solo estará [el Estado] para emitir los certificados que el productor le requiera por ser requerimientos del país importador. El Estado deja de molestar para ponerse al servicio del productor". Sobre ese punto, el decreto dispone que "la Autoridad Sanitaria Nacional deberá expedir las certificaciones que requiera el exportador a los fines de ser presentadas ante las autoridades pertinentes del país de destino, sin requerir mayores exigencias, en la medida en que acredite el cumplimiento de los requisitos".
Según el ministro, muchas empresas "nos han comentado las increíbles peripecias que tenían [que] sortear para satisfacer requerimientos locales que no eran requeridos por el mercado de destino". Y ejemplificó: "A un productor que necesitaba certificar una muestra para ver si podía abrir el mercado de EE.UU. le pedíamos que primero montara la fábrica. A vendedores de ajo que se iba a usar para hacer pasta en Asia les hacíamos medir el tamaño de cada cabeza (sic). En fin.... El mandato de @JMilei es el de sacar al Estado del medio y facilitar la producción".
Régimen de navegación Sturzenegger también se refirió a otro decreto, el 37 que modifica el Régimen de la Navegación (Regina- ve), con una desregulación. Y explicó: "Hasta hoy, los permisos de navegación eran por zonas como si un barco que flota en el Río Paraguay no pudiera hacerlo también en el Paraná. Ahora las autorizaciones serán de carácter nacional".
También puntualizó que se eliminó la norma por la cual la Prefectura establecía qué repuestos tenía que llevar cada buque, "imponiendo sobrecostos, en particular para los barcos más pequeños". Además, quedó sin efecto la exigencia de tener serenos y se limitó la obligación de contratar baqueanos.*


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